top of page

Falla la CIDH contra Perú en el caso de La Oroya, por violar los derechos humanos




La sentencia que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emitió en el caso "Comunidad de La Oroya vs Perú" por décadas de contaminación tóxica proveniente de un complejo metalúrgico, constituye un precedente clave para la protección del derecho a un ambiente sano en la región y para la adecuada supervisión de las actividades empresariales por parte de los Estados. El fallo, el primero en su tipo, responsabiliza al Estado peruano por violar los derechos humanos de residentes de La Oroya.



Antecedentes

En septiembre 18 de 2005, el Dr. Godofredo Arauzo escribió en mi blog: miguelangeldealba.blogspot.com:


CONTAMINACIÓN DE LA CIUDAD OROYA-PERÚ


La Blacksmith Institute ha realizado una investigación sobre las ciudades más contaminadas del mundo y llegó a la conclusión de que La Oroya es la quinta más contaminada.

Ha sido muy benévola. De acuerdo a mis investigaciones de varios años que vengo difundiendo, la ciudad de La Oroya es la más contaminada del Perú, América latina y también del mundo y cada vez se está contaminando más: plomo en sangre niños de la Oroya Antigua 53.7 ug/dl (DIGESA 1999); embarazadas 39.49 ug/dl (UNES 2000); niños al nacer 19.06 ug/dl y 319 ug/100 grms de placenta (Castro 2003) y 39 ug/dl en trabajadores (Doe Run 2003). Máximo aceptado de plomo en sangre 10 ug/dl; actualmente la Academia de Pediatría de USA considera como máximo permitido 0 ug/ dl.

Cuando La Oroya estaba en manos de Centromin, eliminaba solamente por la chimenea de 167.5 metros de altura, en promedio, por día y toneladas: bióxido de azufre, 1000; plomo, 2500; arsénico, 2500; cadmio, 80; material particulado, 40, y así sucesivamente, más de 24 mil toneladas de gases tóxicos producto de la combustión incompleta del carbón, sin contar lo que se eliminaba por el incinerador industrial y por las 94 chimeneas pequeñas (PAMA. El Complejo Metalúrgico de la Oroya, 1996).

Doe Run envía cada tres meses las concentraciones de los metales pesados al Ministerio de Energía y Minas y, con estos datos, Cederstav ha demostrado que la contaminación se ha incrementado; por ejemplo, el bióxido de azufre se ha elevado a cerca del 300 por ciento (Cerderstav. La Oroya no Espera, 2002).

La Asociación Interamericana del Ambiente dice que la calidad ambiental de La Oroya se ha deteriorado severamente desde que Doe Run se hizo cargo y la misma empresa declara que las concentraciones de los gases de metales pesados se ha incrementado en el aire: plomo, 1160 por ciento; cadmio, 1990 por ciento, y arsénico, 606 por ciento (Portugal C y Cols. Los Humos de Doe Run, 2003).


RESUMEN DE LA CONTAMINACIÓN DEL CENTRO DEL PERÚ

Dr. Godofredo Arauzo


El medio ambiente aire, agua y suelo de la región central del Perú está tremendamente contaminado: subcuencas de los ríos San José- Anticona, San Juan, Yauli, Huayhuay, laguna de Huascacocha, lago de Junín de los Reyes o Chinchaycocha; cuenca del río Mantaro, zona agrícola del Valle del Mantaro, etc., especialmente por los relaves, botaderos de desmontes, sedimentos, rebose de las canchas de relaves, agua ácida de las minas, aguas servidas, dispersión de los contaminantes secos por el aire y otros tóxicos, que eliminan sin ningún tratamiento a los recursos hidrográficos nombrados las 17 compañías mineras en actividad, la refinería de La Oroya y las 67 mineras abandonadas.

A la cuencas del río Mantaro y del lago de Junín eliminan, sin ningún tratamiento, las compañías mineras por año cerca de 50 mil metros cúbicos solamente de relaves, y tanto el lago de Junín como el río Mantaro que nace de este lago se hallan contaminados.

El lago expande la contaminación a las zonas de pastoreo de su periferia cuando la compuerta de Upamayo se cierra para aumentar su volumen de agua. Por estos vaivenes del nivel de agua del lago, se estima que se han contaminado e inutilizado 80 mil hectáreas alrededor del lago, como también han depredado la fauna y flora.

En 1978, en la Reserva Nacional de Junín, según Dourojeanni, había 368 especies de vegetales y 98 de aves, y en 1998, según Chauca, solamente había 26 especies de vegetales y 36 de aves. Han desaparecido la rana gigante de Junín, batrachoprynus macrostomus; la trucha y está extinguido o en vías de extinción el zambullidor, podiceps taczanowskii, ave símbolo del lago.

Se comprobó por estudios histológicos que la rana se extinguió por intoxicación por el cobre, principal componente de los relaves que se eliminan al lago; el zambullidor, por desaparición de su principal alimento: el oriestas, y la trucha, por la acidez. La contaminación a inutilizado 80 mil hectáreas de terreno alrededor del lago. Se calcula que el lago de Junín se encuentra contaminado en cerca del 50 por ciento, y que los relaves y otras sustancias contaminantes están sedimentando, reduciendo su profundidad y generando su envejecimiento o eutrofización. Se ha estimado que dentro de 3 décadas se colapsará.

El complejo metalúrgico de La Oroya ahonda la contaminación del río Mantaro, que ya nace contaminado del lago de Junín. Según el Programa de Adecuación del Medio Ambiente (PAMA), redactado por la misma empresa, eliminan tóxicos líquidos por 40 efluentes al río y eliminan al aire mil toneladas de bióxido de azufre; 2 mil 500 toneladas de plomo; 2 mil 500 toneladas de arsénico; 20 toneladas de cadmio y 20 toneladas de material particulado, en promedio por día, solamente por la chimenea más alta de 167.50 metros de altura, sin contar los contaminantes tóxicos que eliminan por las 94 chimeneas pequeñas y el incinerador industrial que tiene el complejo.

Además, el río Mantaro aumenta su contaminación en La Oroya por los relaves y otras sustancias tóxicas que le llegan por el río Yauli, que trae de las minas que están en las inmediaciones de la laguna de Huascacocha, que se halla también marcadamente contaminada. El Comercio dijo que si se dejaran de eliminar los relaves y otros agentes tóxicos, pasarían 500 años para la recuperación del ecosistema de la laguna Huascacocha.

Una investigación de la Asociación Interamericana de Defensa del Medio Ambiente (AIDA) demuestra que la calidad ambiental de La Oroya se ha deteriorado seriamente desde que el complejo de La Oroya pasó a manos de Doe Run. Según informaciones proporcionadas por la propia empresa, las concentraciones de plomo se elevaron en 1,163 por ciento; de arsénico, 606 por ciento, y cadmio 1,990 por ciento ( Portugal y Cols. Los Humos de Doe Run, 2006).

Los habitantes de la Oroya tienen altas concentraciones de plomo en sangre: niños de La Oroya Antigua, 53.7 ug/dl (DIGESA 1999); embarazadas, 39.49 ug/dl (UNES 2002); niños al nacer, 19.06 ug/dl, y puérperas, 319 ug/100 gramos de placenta (Castro 2003), y trabajadores, 39 ug/dl. El máximo aceptado es de 10 ug/dl, pero actualmente la Academia de Pediatría de los Estados Unidos considera como máximo permitido 0 ug/dl (CERO ug/dl)

El río Mantaro es una cloaca de las compañías mineras; es un río muerto, 100 por ciento y profundamente contaminado, especialmente por metales pesados: cobre y cadmio, cuatro veces más de lo permitido; plomo, 13 veces más; hierro, más de 30 veces, y en ciertas épocas del año supera las 160 veces más de lo permitido.

Con esta agua tremendamente contaminada se está irrigando la zona agrícola del Valle. Investigadores noruegos y canadienses recomendaron no irrigar con esta agua sin previo tratamiento, para no contaminar los alimentos que produce y no depredar el suelo. En Oroya, Pilcomayo y Chupuro se halló plomo en el suelo: 3010, 2079 y 1160 ppm, respectivamente; lo máximo permitido es 230 ppm.

Además, el agua que consume Huancayo y el centro del Perú no es potable; está fehacientemente comprobado que está contaminada con heces.

Es preocupante que las compañías mineras y las autoridades de todos los niveles, conscientes del enorme riesgo que generan los contaminantes a la salud, biodiversidad, ecosistemas y medio ambiente, no han dado prioridad, por lo menos cumplido sus PAMA, que podrían haber atenuado, más no eliminado, la contaminación. Y lo que es aún más grave: las autoridades no les exigen. Más tarde que nunca será una realidad.


LA DEMANDA


Ante la falta de respuestas efectivas en el ámbito nacional y en representación de las víctimas, una coalición internacional de organizaciones presentó la denuncia contra el Estado peruano ante  la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en 2006.



En octubre de 2021, la Comisión estableció la responsabilidad del gobierno peruano y remitió el caso a la Corte Interamericana. En octubre de 2022, más de 16 años después de iniciada la demanda internacional, las víctimas presentaron el caso ante la Corte, representadas por la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA) y la Asociación Pro Derechos Humanos (APRODEH), con el apoyo de Earthjustice.

"Esta sentencia es un avance muy importante y un precedente clave para la justicia ambiental en América Latina al ser el primer caso en el que la Corte reconoce la responsabilidad de un Estado por la violación de derecho al ambiente sano y las implicaciones que este tiene en la garantía de otros múltiples derechos", dijo Liliana Ávila, coordinadora del Programa de Derechos Humanos y Ambiente de AIDA.

"La Corte se refirió, además, a la dimensión colectiva e individual de ese derecho, reconociendo afectaciones diferenciadas de su violación en niños, niñas, mujeres y personas adultas mayores, así como el rol importante de las personas defensoras ambientales".

En su fallo, hecho público el 22 de marzo de 2024, el tribunal internacional determinó la responsabilidad del Estado peruano por la violación de los derechos al ambiente sano, la salud, la integridad personal, la vida digna, el acceso a la información, la participación política, las garantías judiciales y a la protección judicial de las 80 personas del caso; por la violación a los derechos de la niñez de 57 víctimas y por la violación del derecho a la vida de dos víctimas. La Corte concluyó también que el Estado es responsable por violar la obligación de desarrollo progresivo debido a la adopción de medidas regresivas en la protección del ambiente.

"La decisión constituye un precedente fundamental en la jurisprudencia internacional que fija los parámetros de la obligación estatal de regular, fiscalizar y remediar los efectos de la contaminación ambiental, así como las obligaciones derivadas del derecho al ambiente sano como un derecho autónomo y de su interdependencia e indivisibilidad con otros derechos fundamentales para la existencia humana como la salud, la vida y la integridad personal", expresó Christian Huaylinos, coordinador del Área Legal de APRODEH. "Es además una gran satisfacción por la gran lucha de dos décadas de parte de las víctimas".

Por más de 20 años, residentes de La Oroya han buscado justicia y reparación por la violación de sus derechos fundamentales a causa de la contaminación por metales pesados del Complejo Metalúrgico de La Oroya, operado por la empresa Doe Run Perú entre 1997 y 2009, y la falta de medidas adecuadas por parte del Estado. La ciudad ha sido catalogada como uno de los lugares más contaminados del planeta.

"Hace 20 años, cuando inició esta lucha, yo iba con mi pancarta que decía que la salud de los niños vale más que el oro", recuerda don Pablo, residente de La Oroya. "Nunca desistimos, ahora estoy muy alegre con la decisión de la Corte".

En la sentencia, la Corte ordenó al Estado de Perú la adopción de medidas de reparación integral de los daños causados en la población de La Oroya que incluyen: identificar, juzgar y —en su caso— sancionar a las personas responsables de hostigar a las víctimas; determinar el estado de la contaminación del aire, el agua y el suelo, así como elaborar un plan de remediación ambiental; brindar atención médica gratuita a las víctimas y garantizar atención especializada a residentes con síntomas y enfermedades relacionadas con la contaminación proveniente de la actividad minero metalúrgica; compatibilizar la normativa que regula los estándares de calidad del aire para garantizar la protección del ambiente y de la salud humana; garantizar la efectividad del sistema de alerta de la ciudad y desarrollar un sistema de monitoreo de la calidad del aire, el agua y el suelo; garantizar que las operaciones del Complejo Metalúrgico de La Oroya cumplan estándares ambientales internacionales, previniendo y mitigando daños al ambiente y a la salud humana; indemnizar monetariamente a las víctimas por daño material e inmaterial.

"Lo que esperamos ahora es que se implemente la sentencia, que el Estado cumpla por primera vez con sus obligaciones y que garantice nuestros derechos como personas defensoras ambientales", dijo Yolanda Zurita, residente de La Oroya y peticionaria en el caso. "El cumplimiento de esta sentencia es lo mínimo que esperamos de un Estado comprometido con la garantía de los derechos de sus ciudadanos y ciudadanas".

Desde 1999, el gobierno de Perú sabe que todos/as los niños/as que viven cerca del complejo sufren envenenamiento por plomo, pero no les ha brindado atención médica adecuada. Durante décadas, la población de La Oroya estuvo expuesta a niveles extremos de plomo y otros contaminantes nocivos, como arsénico, cadmio y dióxido de azufre. La mayoría de las personas afectadas presentó niveles de plomo superiores a los recomendados por la Organización Mundial de la Salud y, en algunos casos, niveles superiores de arsénico y cadmio; además de estrés, ansiedad, afectaciones en la piel, problemas gástricos, dolores de cabeza crónicos y problemas respiratorios o cardíacos, entre otros.

"Esta sentencia es un llamado urgente a los Estados de todo el continente a no quedarse de brazos cruzados mientras las empresas multinacionales envenenan a las comunidades locales", afirmó Jacob Kopas, abogado sénior de Earthjustice. "A partir de ahora, las empresas sabrán que exponer a las familias a niveles insalubres de contaminación industrial es una violación del derecho internacional y que los Estados deben hacer responsables a quienes contaminan".

 

RECURSOS

Comunicado de la Corte acerca de la sentencia, disponible aquí.

Resumen oficial de la sentencia, disponible aquí.

Texto íntegro de la sentencia, disponible aquí.

Más información del caso, disponible aquí.

40 visualizaciones0 comentarios

Entradas recientes

Ver todo
bottom of page