Debe protegerse el derecho a recibir información plural
- migueldealba5
- hace 9 minutos
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Redacción
En una sociedad democrĆ”tica, la respuesta frente a la desinformación no debe ser la imposición de una narrativa Ćŗnica, sino el fortalecimiento del periodismo profesional, la alfabetización mediĆ”tica, la pluralidad informativa, la Ć©tica de la comunicación y la participación crĆtica de las audiencias, afirmó la Academia Mexicana de la Comunicción, A. C.
En un posicionamiento pĆŗblico, la Academia hace un llamado a la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones para que las observaciones recibidas durante la consulta pĆŗblica sobre el anteproyecto de Lineamientos Generales para la Protección de los Derechos de las Audiencias se analicen de manera abierta, transparente y tĆ©cnicamente fundada, y para que el texto definitivo proteja simultĆ”neamente los derechos de las audiencias, la libertad de expresión, la autonomĆa editorial y el derecho de la sociedad a recibir información plural.
A continuación, el texto Ćntegro del posicionamiento de la Academia:
Ā
Libertad de expresión y derechos de las audiencias: un equilibrio democrĆ”ticoĀ
Sobre el anteproyecto de Lineamientos Generales para la Protección de los Derechos de las Audiencias, la Academia Mexicana de la Comunicación, A. C., como cuerpo colegiado, independiente y plural, reconoce que los derechos de las audiencias constituyen una dimensión fundamental del derecho a la información y de la vida democrÔtica.
Las personas tienen derecho a recibir información plural, verificable y oportuna; a distinguir entre información noticiosa, opinión y publicidad; a ejercer el derecho de réplica; a contar con mecanismos accesibles para presentar observaciones y quejas, y a recibir contenidos incluyentes y accesibles para las personas con discapacidad.
Por ello, la Academia reconoce la importancia de que los medios de comunicación cuenten con códigos de Ć©tica, defensorĆas de las audiencias y mecanismos transparentes de rendición de cuentas. Asimismo, valora positivamente la apertura de una consulta pĆŗblica sobre el anteproyecto de Lineamientos Generales para la Protección de los Derechos de las Audiencias.
No obstante, despuĆ©s de analizar el documento sometido a consulta por la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones, la Academia advierte disposiciones que, de no ser precisadas, podrĆan afectar la libertad de expresión, la libertad de prensa, la autonomĆa editorial y el ejercicio profesional del periodismo.
En particular, generan preocupación:
La utilización de conceptos abiertos como āinformación falsaā e āinformación descontextualizadaā, sin criterios objetivos que permitan determinar su alcance y aplicación.
La facultad de la autoridad reguladora para revisar, modificar o revocar las determinaciones de las defensorĆas de las audiencias, lo que podrĆa trasladar al Estado la decisión final sobre la veracidad, pertinencia o contexto de los contenidos informativos.
La posibilidad de imponer sanciones económicas considerables por incumplimientos definidos de manera general, con el consecuente riesgo de generar autocensura o inhibir investigaciones periodĆsticas, filtraciones de interĆ©s pĆŗblico, coberturas en vivo y la difusión de información en desarrollo.
La ausencia de salvaguardas suficientemente claras para proteger la crĆtica, la opinión, la sĆ”tira, los juicios de valor, las fuentes confidenciales y los errores cometidos de buena fe en el ejercicio periodĆstico.
La falta de una delimitación precisa entre las funciones de las defensorĆas de las audiencias, el derecho de rĆ©plica y las atribuciones sancionadoras de la autoridad.
La Academia sostiene que la libertad de expresión y los derechos de las audiencias no son principios antagónicos. Ambos forman parte del mismo sistema democrÔtico y deben protegerse simultÔneamente.
La defensa de las audiencias no puede sustentarse en la creación de una verdad oficial ni en la facultad de una autoridad administrativa para determinar qué informaciones, opiniones o interpretaciones pueden difundirse. La veracidad de la información debe entenderse como un deber de diligencia, investigación, contraste de fuentes y rectificación oportuna, y no como una obligación de certeza absoluta determinada por el Estado.
En consecuencia, la Academia Mexicana de la Comunicación propone:
Definir de manera estricta y objetiva los conceptos de información falsa y descontextualizada, limitÔndolos a afirmaciones fÔcticas susceptibles de comprobación.
Excluir expresamente de esas categorĆas las opiniones, la crĆtica polĆtica, la sĆ”tira, los juicios de valor y las expresiones protegidas por la libertad editorial.
Incorporar un estĆ”ndar de diligencia periodĆstica razonable que considere el interĆ©s pĆŗblico de la información, la verificación posible al momento de la publicación, la buena fe, la protección de las fuentes y la corrección oportuna.
Establecer reglas particulares para las transmisiones en vivo y las noticias en desarrollo, en las cuales la información puede confirmarse o modificarse progresivamente.
Preservar la independencia de las defensorĆas de las audiencias y limitar la intervención de la autoridad a la revisión de la legalidad y del debido proceso, sin sustituir el criterio editorial ni convertirse en Ć”rbitro de la verdad.
Vincular cualquier sanción a conductas expresamente previstas en la ley y aplicar criterios de gradualidad, proporcionalidad, capacidad económica, reincidencia y cumplimiento espontÔneo.
Garantizar condiciones de igualdad procesal para las audiencias, las defensorĆas, los concesionarios, los periodistas y las personas responsables de los contenidos.
Establecer expresamente que la presentación de una queja no podrÔ ocasionar el retiro, la interrupción o la modificación preventiva de contenidos.
Fortalecer la consulta pĆŗblica mediante mesas de anĆ”lisis con periodistas, comunicadores, especialistas, universidades, defensorĆas, organizaciones de la sociedad civil, medios pĆŗblicos, comunitarios y comerciales.
La Academia Mexicana de la Comunicación se pronuncia a favor de una protección efectiva de los derechos de las audiencias, sustentada en la ética, la autorregulación, la transparencia, la pluralidad y la responsabilidad social de los medios.
Al mismo tiempo, rechaza cualquier mecanismo que, bajo la finalidad de proteger a las audiencias, pueda utilizarse para imponer controles editoriales, inhibir la crĆtica, sancionar la disidencia o restringir directa o indirectamente la libre circulación de las ideas.
En una sociedad democrĆ”tica, la respuesta frente a la desinformación no debe ser la imposición de una narrativa Ćŗnica, sino el fortalecimiento del periodismo profesional, la alfabetización mediĆ”tica, la pluralidad informativa, la Ć©tica de la comunicación y la participación crĆtica de las audiencias.
La Academia hace un llamado a la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones para que las observaciones recibidas durante la consulta pĆŗblica sean analizadas de manera abierta, transparente y tĆ©cnicamente fundada, y para que el texto definitivo proteja simultĆ”neamente los derechos de las audiencias, la libertad de expresión, la autonomĆa editorial y el derecho de la sociedad a recibir información plural.
