Texto e imagen de Fernando Silva
La malintencionada práctica de desinformar es una constante —con diversas y complejas significaciones— en provecho de oligárquicos intereses económico-políticos y, peor aún, para polarizar la opinión pública. Análogamente, con estrategias comerciales engañosas de empresas transnacionales que inducen a la población —con anuncios artificiosos o tendenciosos— a consumir o adquirir productos o servicios de forma deshonesta, particularmente cuando se trata de la salud alimenticia, convirtiéndose en una proterva herramienta a la cual cínicos e hipócritas servidores públicos, publicistas y pseudoperiodistas recurren sin asumir la responsabilidad que conlleva su pérfido proceder. De esta manera, al desvirtuar la información, generan incertidumbre —en la mayoría de la gente— en la toma de decisiones, así como de que no se establezcan con claridad los conceptos o hechos, lo que repercute negativamente en la adquisición de confiables conocimientos que permitan ampliar o precisar los que poseen sobre un tema, circunstancia o materia determinada.
De ahí que no sean una novedad los montajes mediáticos de las empresas con mayor respaldo por parte de grupos conservadores-neoliberales, ya que las miserables prácticas se han manifestado desde hace décadas, sin tener en cuenta que la labor comunicativa y periodística va en función de juiciosos principios de conducta, declaraciones y manifiestos de los medios de comunicación y de los profesionales independientes, que contienen los valores y compromisos éticos del oficio, mismos que se enfocan en cinco temas comunes: Verdad y recisión, autonomía, equidad e imparcialidad, humanidad y el responsable e imprescindible profesionalismo, amparados en un marco jurídico y social, además de la Ley Federal de Protección al Consumidor, que animan a periodistas y comunicadores a respetar y a seguir la significación y trascendencia del oficio y, con ello, ejercer un digno liderazgo respecto a la libertad de expresión ética. Teniendo en cuenta que, paralelamente, están los mecanismos de censura como otra forma de manipulación, así como de encubrimiento de hechos y noticias que los poderes fácticos, entre otros, no quieren que se divulguen.
En ese oscuro entorno, el espíritu de una democracia humanística reposa en las ideas de la dignitas hominis, como la piedra primigenia que se coloca en los cimientos de los derechos fundamentales, es decir, aquellos que revisten propiedades específicas como: los públicos de jerarquía legislativa, de rango inferior al constitucional, tales como los derechos subjetivos conferidos a los individuos por actos de la administración pública, por negocios jurídicos celebrados por los particulares o los derechos humanos protegidos por el derecho internacional. Entre estas propiedades se encuentran —dirían jueces, magistrados y ministritos— los que brindan validez jurídica; por ende, los derechos fundamentales tienen validez de acuerdo con las condiciones específicas del sistema que atañe al Derecho —prescrito por ley y conforme a ella— y que, en su carácter abstracto, son las disposiciones legales que están formuladas mediante conceptos indefinidos, y los de generalidad, que tienen validez antes de su aplicación concreta e independientes de ella.
Por lo anterior, sobre la libertad de expresión y el periodismo, en la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos se indica: «Artículo 1. Los derechos humanos son universales; Artículo 2. Los pueblos indígenas pueden operar medios de comunicación; Artículo 6. Libertad de expresión con límites a derechos de terceros y al orden público, derecho de réplica, derecho a la información y a informar, acceso a las tecnologías, protección de datos personales, inclusión digital universal; en telecomunicaciones, pluralidad informativa, control de arbitrariedad de competidores y prohibición de presentar propaganda como periodismo; Artículo 7. La libertad de expresión no puede restringirse con abuso de controles oficiales o particulares; Artículos 27 y 28. Se cuenta con una instancia para regular la competencia en radio, televisión, limitar la concentración, asignar concesiones directas para uso público y social sin fines de lucro y al estado las que necesite; Artículo 28. El derecho de autor es genérico pero alcanza a los periodistas; Artículo 41. Acceso gratuito para los partidos políticos a los medios de comunicación masiva con las restricciones de no contratar y silenciarse en la víspera de elecciones y federalización condicionada de los delitos contra el periodismo; Artículo 134. Prohibición a servidores públicos de usar la propaganda oficial para promoverse».
Por la trascendencia de estos artículos constitucionales, en una sociedad democrática-progresista es vital observar el papel que desempeñan los medios de comunicación masiva, así como de los periodistas y comunicadores independientes, que siendo auténticos aliados de la libertad de expresión y la responsabilidad informativa, no podemos ni debemos caer en las garras de oscuros intereses para restringirla y, si sucede, todos podemos denunciar en la Defensoría de las Audiencias, en la siguiente dirección electrónica: www.spr.gob.mx; asimismo, escudriñar con diligencia y cuidado la información errónea o intencionalmente falsa publicada en las redes sociales, además de desmentidos, tanto nacionales como internacionales, en: www.infodemia.mx y, con ello, hacer valer el que tengamos contenidos con principios éticos pragmáticos; humanistas y de alta probidad; apegados a la estimación histórica-moral-cultural; en respeto a la idiosincrasia de los pueblos originarios y de la sociedad en su conjunto. En concreto, que se enfoquen en que la expresiones o ideas transmitidas por medios electrónicos y estáticos, digitales o impresos, tengan respeto por sus espectadores, lectores, televidentes o escuchas y, al mismo tiempo, que sean aprobados por la población en general y evaluados o sancionados por las instancias correspondientes.
Por ello, la libertad de prensa se relaciona directamente con la de expresión, el acceso a la diversidad del sensato pensamiento crítico, libre e íntegro y, al razonamiento intelectual que invita a la reflexión. Por consiguiente, la trascendencia de la labor ética periodística no puede concebirse tan sólo como la simple y llana prestación de un servicio, ya que es consustancial a los valores sociales y a la plausible calidad humana. De este sano enjuiciamiento de hechos y conductas que derivan de las sociedades surgen inéditas propuestas, respuestas y soluciones comunicativas a contrariedades o beneficios colectivos que permiten mejorar la vida de mujeres y hombres. Quizá lo más importante de esta actitud es que, como comunicadores, en nuestra labor ofrecemos caviles y recursos informativos para responder de forma adecuada a la recurrente cuestión por el ser en lo cotidiano, el sentido de la vida dentro de una estructura social y en el fortalecimiento de una nación soberana. Es decir, alzamos la voz con dignidad en pro de no aceptar la subordinación de ideologías oligárquicas, sino que indagamos en bien de respuestas a las circunstancias que acontecen en la esencia de la vida cotidiana y, que en honesto compromiso, procuramos aclarar de la mejor manera, lo que determina nuestra respetable y cabal armonía en lo personal, lo familiar y en lo político-social.
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