El contrasentido de la revocación de mandato presidencial
- migueldealba5
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Temas Centrales
La revocación de mandato,
desde su inclusión en la legislación,
se planteó con maña para servir
a un propósito opuesto totalmente
al objetivo de su esencia.
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Por Miguel Tirado Rasso
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Con poca fortuna, la iniciativa presidencial de Reforma Electoral, en su primer intento, el Plan A, fue abortada ante la imposibilidad de cumplir el requisito legal de ser aprobada en el Congreso de la Unión por una mayorĆa calificada en cada cĆ”mara, Senado y Diputados.
Como mucho se ha repetido, a la bancada de Morena no le alcanzan los nĆŗmeros. En el Senado tiene 67 votos y en la de diputados 253 (necesitarĆa 86 y 334, respectivamente). Sus aliados, los partidos Verde Ecologista de MĆ©xico (PVEM) y del Trabajo (PT) pudieron aportar los votos que necesitaba, pero no sucedió. Era difĆcil tras haber sido ninguneados en la elaboración del proyecto de reforma, cuyas propuestas ponĆan en riesgo su sobrevivencia en el escenario polĆtico nacional.
La Comisión Presidencial encargada de la preparación de la iniciativa pecó de soberbia y falló en el cumplimiento del encargo. ParecĆa que la reforma pasarĆa a mejor vida ante la negativa de los partidos aliados en darle su apoyo. Inclusive la mandataria Claudia Sheinbaum, en alguna maƱanera llegó a decir que si no pasaba, ella habĆa cumplido al enviar la iniciativa al Congreso.
Sin embargo, por alguna razón que no se explica y siguiendo el maquiavĆ©lico estilo de su antecesor, en su obsesión por cambiar el marco jurĆdico del paĆs e imponer reformas a modo, habló de un Plan B. Con ajustes a la propuesta original, se presentó una versión modificada que se pensó serĆa aceptada esta vez por los legisladores verdes y petistas, a pesar del maltrato y el calificativo de traidores que les endilgaron los duros de la 4T.
No se entiende el afĆ”n por reformar la legislación electoral. Se afirma, con insistencia, que es porque el pueblo la demanda, aunque no queda claro cuĆ”ndo ni cómo lo planteó la ciudadanĆa. SegĆŗn las encuestas publicadas, entre las prioridades de la población destacan inseguridad, corrupción, desempleo, inflación, salud y educación. Nada relacionado con el tema electoral.
Otras son las preocupaciones de la población que merecerĆan la atención del Gobierno Federal. A final de cuentas, bajo la legislación electoral actual se realizaron de manera pacĆfica en lo que va del milenio tres alternancias en la Presidencia del paĆs, con una autoridad electoral que, en su momento, no dudó en reconocer el triunfo del candidato presidencial de Morena. La ley no es perfecta y, seguramente, se podrĆa mejorar, pero segĆŗn se ve no hay disposición para escuchar āy menos dialogarā con fuerzas polĆticas que no simpaticen con la 4T.
En este segundo piso de la transformación continĆŗan gobernando sólo para los de Morena, como si el resto de la población āmĆ”s del 40 por ciento que no votó por ese partidoā no existiera. Cualquier acción de la oposición merece la descalificación de la primera morenista de la Nación que, aunque afirma haber pedido licencia para separarse de su partido en función del cargo, lo sigue defendiendo y criticando a la oposición, como si se fuera una activa militante morenista y no la presidenta de todos los mexicanos.
En el Plan B de su reforma, la presidenta incluyó el polémico tema de la revocación de mandato y su cambio de fecha de aplicación. Verdadera y oculta razón de la reforma que sigue sin convencer a sus partidos aliados. La revocación, desde su inclusión en nuestra legislación, se planteó con maña para que sirviera a un propósito totalmente puesto al objetivo de su esencia. De revocación la convirtieron en ratificación de mandato.
El proceso, que el Instituto Nacional Electoral (INE) define como āel instrumento de participación solicitado por la ciudadanĆa para determinar la conclusión anticipada en el desempeƱo del cargo de la persona titular de la Presidencia de la RepĆŗblica, a partir de la pĆ©rdida de la confianzaā,Ā segĆŗn ordena la Constitución (Art. 35, frac lX), serĆ” convocado por el INE āa petición de los ciudadanos y ciudadanasā¦ā.
Esto es, si la sociedad no reclama ejercer ese derecho, la revocación no podrĆa aplicarse, porque no es obligatoria. Resulta, entonces, un contrasentido que quien pida su aplicación sea, precisamente, la autoridad cuya cabeza estĆ” en juego. ĀæCómo se explica la insistencia de Palacio Nacional para llevar a cabo este proceso cuando, segĆŗn encuestas divulgadas por la propia Presidencia, la mandataria goza de una aceptación de mĆ”s del 70 por ciento de la población y, segĆŗn han manifestado pĆŗblicamente, a nadie de la oposición se le ha ocurrido plantear su remoción.
Dice Felipe de la Mata Pizana, magistrado del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), que āel inicio del procedimiento de revocación puede ser solicitado exclusivamente por la ciudadanĆaā¦ā.
La propia Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que los partidos polĆticos no tienen cabida en este mecanismo de democracia directa, un criterio que llevarĆa a la conclusión de que la Presidencia tampoco podrĆa promover su propia revocación. Se trata de un derecho de los ciudadanos que pueden ejercerlo o no.
Si, conforme a la legislación, a la presidenta no le corresponde impulsar la revocación de su mandato pero insiste en hacerlo, queda claro su verdadero propósito: hacer campaƱa polĆtica desde la Presidencia con todos los recursos del gobierno para ganar votos a favor de su partido.
Marzo 26, 2026
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